La Comisión aprobó, además, sendas enmiendas que proponen sanciones diferenciadas por acciones a sabiendas de la contaminación, negligencia, y agrava la pena si dichos recursos se han extraído de zonas prohibidas afectadas por marea roja (hasta cinco años de presidio y multas de más de cien millones).

Esto, luego de que la Comisión de Intereses Marítimos del Senado concluyera el análisis de la norma que, en resguardo de la salud de la población, sanciona a quien «extraiga, apoce, transporte, comercialice o distribuya recursos hidrobiológicos contaminados con penas de hasta tres años y un día y se agravan en caso de causar la muerte».

Tras una serie de audiencias, la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, concluyó el análisis del proyecto que avanza en el resguardo de la salud de la población, modificando la ley 18.892, General de Pesca y Acuicultura (LGPA), para sancionar el apozamiento, extracción, transporte y comercialización de recursos hidrobiológicos contaminados.

Durante las sesiones de análisis, se escucharon, entre otros, al subsecretario de Pesca y Acuicultura Julio Salas; al director Nacional del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Fernando Naranjo; y a representantes de salud pública.

En general, se hizo presente que hay acuerdo para avanzar, pero se dejó constancia de los problemas que pueden existir por fiscalización y se llamó a “asegurar” la información a la pesca. En la misma línea, se advirtió que la presencia de floraciones de algas nocivas es variable en los territorios y ya no es exclusivo de lugares como Los Lagos, Aysén y Magallanes.

Proporcionalidad

A juicio de los integrantes de la instancia especializada, hay que buscar la “proporcionalidad de la pena” y sanciones, “para evitar que éstas puedan ser desproporcionadas”.

En este sentido, se respaldó el artículo 139 quáter. “El que extraiga, apoce a cualquier título, transporte, comercialice o distribuya de cualquier forma recursos hidrobiológicos respecto a los cuales la autoridad sanitaria haya prohibido su extracción, comercialización o traslado por el riesgo a la salud de las personas, sabiendo o debiendo saber de la prohibición, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado medio (desde 541 días a 3 años y un día) y multa de 20 a 50 unidades tributarias mensuales” (más de 3 millones de pesos).

La Comisión aprobó, además, sendas enmiendas que proponen sanciones diferenciadas por acciones a sabiendas de la contaminación, negligencia, y agrava la pena si dichos recursos se han extraído de zonas prohibidas afectadas por marea roja (hasta cinco años de presidio y multas de más de cien millones), y si a consecuencia de estas conductas se produce la muerte de alguna persona las penas corporales se elevarán en un grado, y la multa podrá aumentarse hasta el doble del máximo señalado en cada caso.

Cabe recordar que la moción, de autoría de diputados, hace presente “la trágica muerte de un menor de tres años de edad y el riesgo vital en que quedaron otras tres personas en la Región de Los Lagos, luego de consumir almejas contaminados con la microalga Alexandrium Catenella, una de las fuentes primarias del veneno o toxina paralizante de los mariscos, también conocida como “marea roja”, provocaron conmoción pública a nivel nacional”.

Movilidad

En otro orden, en la última sesión, la Comisión eligió como nuevo presidente al senador Carlos Kuschel y se abocó a conocer las opiniones y acciones respecto “de los recientes y graves hechos ocurridos en la ciudad de Arica, donde se produjo una agresión contra un grupo de pescadores artesanales”.

Al respecto, Guido Rojas de Agapesca reconoció “los fuertes alterados entre pescadores artesanales por la movilidad de armadores y el reclamo del sindicato del norte, pues, la mayoría de los tripulantes no tienen los RPA (Registro Pesquero Artesanal) inscritos ahí (…) No queremos llegar al extremo con muertes o que se hable de que la pesca artesanal está peleando entre sus pares”.

En esta línea, solicitó avanzar con el proyecto que permite a los pescadores artesanales desempeñarse como patrón o tripulante en cualquier región del país (15431-21). A juicio de Rojas, “somos los únicos trabajadores que estamos encapsulados”.

Los senadores hicieron diversas consultas y el subsecretario de Pesca y Acuicultura indicó que “el conflicto entre personas y grupos es multicausal, pero hay un elemento de fondo, que es lo que hoy se considera ilegal, presencia de tripulantes que tienen RPA en otras regiones y desarrollan actividad en el norte (…) Es importante que se pueda abordar el proyecto de movilidad y se adopten medidas diferenciadas para cada región”.

Fotografía: Comisión de Pesca del Senado.

Fuente: Aqua.cl